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  • INSTRUMENTO POR MEDIO DEL CUAL, UNA PERSONA LLAMADA PODERDANTE, DELEGA DETERMINADAS FACULTADES O PODERES A NOMBRE DE OTRA, APODERADO, PARA QUE ESTE ACTÚE EN SU NOMBRE. PODER PLEITOS Y COBRANZAS: PARA REPRESENTAR AL PODERDANTE EN ALGÚN CONFLICTO, JUICIO, ANTE ALGÚN TRIBUNAL, ETC. PODER ACTOS DE ADMINISTRACIÓN: PARA REPRESENTAR AL PODERDANTE EN ALGÚN TEMA ADMINISTRATIVO, COMO CONTRATAR UN SERVICIO, FIRMAR ALGUN CONTRATO, CONVENIO, VER TEMAS ADMINISTRATIVOS PODER ACTOS DE DOMINIO, PARA REPRESENTAR AL PODERDANTE EN LA VENTA DE ALGÚN INMUEBLE. PODER CAMBIARIO, PARA REPRESENTAR AL PODERDANTE EN TEMAS DE FIRMA DE CHEQUES, PAGARÉS, PRÉSTAMO, BANCOS.
  • CONVENIO POR MEDIO DEL CUAL UNA DE LAS PARTES A QUIEN SE LE DENOMINA DEUDOR, RECONOCE ADEUDAR AL ACREEDOR DETERMINADA SUMA DE DINERO Y SE ESTABLECEN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA PAGAR DICHO ADEUDO.
  • ES UN TÍTULO DE CRÉDITO EN DONDE EL SUSCRIPTOR SE COMPROMETE DE MANERA INCONDICIONAL A PAGAR UNA SUMA DETERMINADA DE DINERO, A FAVOR DEL ACREEDOR EN UN LUGAR EN ESPECÍFICO.
  • CONVENIO POR MEDIO DEL CUAL SE DA PORTERMINAD ANTICIPADAMENTE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, NO RESERVÁNDOSE ACCIÓN LEGAL NINGNA DE LAS PARTES CONTRA LA OTRA.
  • CONVENIO POR MEDIO DEL CUAL SE DA POR TERMINADA UNA DEUDA ENTREGANDO ALGO DISTINTO A LO QUE SE DEBE, ES NECESARIO QUE EL ACREEDOR ACEPTE EL BIEN DISTINTO AL DINERO.
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